DHS refuerza registro de extranjeros: quiénes deben dar huellas y enfrentar sanciones en EE.UU.
hace 1 hora

Noticias República
Estados Unidos
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) oficializó una nueva regulación que reorganiza el registro de extranjeros en Estados Unidos, enfocada en quienes no figuran en sistemas federales. La medida introduce el formulario G-325R como eje del proceso, integrando datos biográficos y reforzando la identificación oficial en territorio estadounidense.

La disposición establece que los extranjeros mayores de 14 años que permanezcan más de 30 días en el país y no estén previamente registrados deberán completar el proceso y acudir a una cita para toma de huellas. Este paso busca consolidar información personal y fortalecer el control administrativo migratorio.

En el caso de menores de 14 años, el trámite será realizado por sus padres o tutores legales, sin requerir asistencia a citas biométricas en el registro inicial. Sin embargo, al cumplir esa edad, deberán completar el procedimiento dentro de los 30 días posteriores, incluyendo la identificación mediante huellas digitales.

El reglamento también actualiza los documentos válidos como prueba de registro y corrige aspectos técnicos de normativas anteriores. Según el DHS, estas disposiciones ya existían en la ley, pero ahora se aplicarán de forma más amplia para identificar a personas que no habían sido registradas en procesos previos.

No todos deberán repetir el proceso. Están exentos quienes ya cuentan con registros migratorios previos, como residentes permanentes legales, personas con formulario I-94, titulares de permisos de trabajo EAD vigentes o quienes han participado en procedimientos migratorios formales.

Para quienes deban registrarse, el proceso inicia creando una cuenta en el sistema digital myUscis, donde se completa y envía el formulario G-325R sin costo. Posteriormente, el solicitante recibirá una cita para captura de huellas, fotografía y firma en un centro autorizado.

Tras completar el proceso, se emitirá un comprobante electrónico que deberá imprimirse y portarse como constancia. Las autoridades indican que los adultos registrados deben llevar este documento en todo momento como evidencia de cumplimiento ante eventuales verificaciones.

El incumplimiento puede generar sanciones significativas. La negativa a registrarse o a proporcionar huellas podría conllevar multas de hasta US$5000, privación de libertad de hasta seis meses o ambas medidas. No portar el comprobante también puede derivar en sanciones económicas o días de detención.
Además, la normativa obliga a notificar cualquier cambio de domicilio dentro de los diez días posteriores a la mudanza. La falta de actualización de esta información puede acarrear sanciones económicas, privación de libertad y activar procesos administrativos migratorios.

Según estimaciones oficiales, entre 2,9 y 3,5 millones de personas podrían estar dentro del grupo alcanzado por esta regulación, incluyendo residentes de larga permanencia que nunca completaron su registro individual ante el gobierno federal.
En ese escenario, las autoridades reiteraron que el registro no otorga beneficios migratorios ni modifica el estatus legal de las personas, limitándose a cumplir con requisitos de identificación establecidos por la legislación vigente.
