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República Dominicana
La Corte de Apelación de Puerto Plata condenó al pelotero Wander Franco a tres años de prisión suspendida, bajo condiciones establecidas por el tribunal.

La decisión corresponde al proceso relacionado con una adolescente y también establece una multa equivalente a tres salarios mínimos que deberá asumir el jugador.
Durante el período de suspensión, Franco deberá permanecer bajo la vigilancia que determine el juez de ejecución de la pena y cumplir las disposiciones fijadas.

Entre las condiciones figura abstenerse de visitar lugares frecuentados por la adolescente y evitar cualquier contacto o comunicación con ella mientras sea menor de edad.
El tribunal estableció que incumplir cualquiera de esas disposiciones podría provocar la revocación de la suspensión y la ejecución completa de la pena impuesta.

En ese supuesto, el pelotero tendría que cumplir la condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación San Felipe, ubicado en la provincia Puerto Plata.
La Corte también dispuso el decomiso de RD$2.1 millones vinculados al proceso, recursos que pasarán a favor del Estado dominicano conforme a la decisión.
El fallo surgió tras conocerse los recursos contra la sentencia anterior del Tribunal Colegiado, que había declarado culpable al jugador y concedido el perdón judicial.
El Ministerio Público había solicitado revocar parcialmente aquella decisión y establecer una condena de cinco años de prisión contra el pelotero dominicano.
La Corte ratificó además los 10 años de prisión impuestos a Martha Vanessa Chevalier, madre de la adolescente, quien también había recurrido la decisión anterior.
El tribunal rechazó los recursos de apelación presentados por los imputados, quienes estuvieron representados por sus respectivos abogados durante la audiencia judicial.
Tras la decisión, Franco deberá cumplir las condiciones fijadas durante la suspensión de la pena, mientras Chevalier mantiene la condena ratificada por la Corte.