Procuradora despeja las dudas sobre los memes y las parodias en el nuevo Código Penal
hace 4 días

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República Dominicana
La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, aclaró que la creación y difusión de memes, caricaturas, parodias, sátiras, videos e imágenes con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o de crítica social no constituye un delito bajo el nuevo Código Penal ni su reciente reforma.
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La funcionaria realizó la aclaración a través de su cuenta en X, luego de que surgieran inquietudes por las disposiciones que sancionan la publicación de imágenes, audios y videos falsos o alterados que puedan afectar el honor, la intimidad, el buen nombre o la reputación de una persona.
En un documento titulado "Precisiones sobre el Código Penal aprobado y su reforma", sostuvo que estas expresiones no están tipificadas como delitos y, por tanto, no conllevan penas de prisión ni multas.
Reynoso explicó que este tipo de contenidos está protegido cuando puede identificarse claramente como una creación de ficción, una parodia o una manifestación humorística, siempre que no exista la intención de engañar al público con fines ilícitos ni de afectar la integridad de niños, niñas o adolescentes.

Agregó que esa interpretación se fundamenta en los principios de legalidad, responsabilidad, culpabilidad e interpretación estricta establecidos en la legislación penal.
La procuradora también precisó que la simple edición de una fotografía, un video o un audio no configura automáticamente una infracción. Indicó que, para determinar la existencia de un delito, deben evaluarse factores como la intención de quien publica el contenido, el contexto, la capacidad de inducir a error y el perjuicio ocasionado a la persona afectada.
No obstante, recordó que el artículo 192 del nuevo Código Penal mantiene sanciones para quienes difundan imágenes, audios o videos de otra persona sin su consentimiento.
Las penas aumentan cuando se trate de contenidos falsos o alterados mediante montajes destinados a perjudicar el honor, la imagen o la reputación, y pueden ser más severas si concurren circunstancias agravantes previstas en la ley.
Según se informó, la aclaración responde a las preocupaciones expresadas por periodistas, abogados, comunicadores y usuarios de redes sociales sobre el alcance de la reforma. La posición del Ministerio Público orientará su política de persecución penal, aunque corresponderá a los tribunales determinar en cada caso si un contenido está protegido como expresión humorística o constituye una manipulación sancionable conforme al nuevo Código Penal.
